INSTRUCCIÓN 10/2005 DE BAJA TENSIÓN

Instrucción 10/2005.

El próximo día 18 de septiembre de 2010 concluye el plazo otorgado por la DG d’Energia i Mines de la Generalitat para poder aplicar el antiguo Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de 1973 en aquellas instalaciones eléctricas que precisan realizar inspección periódica, que son:

-          Industrias de más de 100 kw de potencia

-          Locales de pública concurrencia

-          Locales con riesgo de incendio o explosión

-          Aparcamientos de más de 25 plazas

-          Piscinas con potencia superior a 10 kw

-          Quirófanos y salas de intervención

-          Instalaciones de alumbrado exterior con potencia superior a 5 kw

-          Instalaciones comunes en edificios de viviendas con potencia superior a 100 kw

Para estas instalaciones es importante solicitar inspección periódica ante la EIC correspondiente antes del 18-9-2010, con objeto de poder aplicar el REBT-73. Después de dicha fecha obligatoriamente también se deberá pedir inspección periódica, pero será de aplicación el actual REBT-2002. Este hecho implica que, a partir de dicha fecha, las deficiencias a subsanar en las instalaciones eléctricas serán más importantes, y en consecuencia más caras, ya que el reglamento de 2002 contempla realizar las siguientes actuaciones (que se pueden evitar con el REBT-73): obligatoriedad de cambio de conductores libres de halógenos, instalación de IGA con protección contra sobretensiones, desplazamiento de Caja General de Protección a nivel de calle, centralización de contadores en planta baja, etc.

PARA MÁS INFORMACIÓN LLAME AL

93 480 06 25

(Óscar Santos)

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